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Actualmente la sanción está considerada de 6 meses a 4 años de prisión
15:24 martes 3 marzo, 2020
México
El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó aumentar de 3 a 7 años de prisión la penalidad por el delito de violencia familiar. Con 431 votos a favor y uno en contra, avalaron reformas a los artículos 343 Bis y 343 Ter del Código Penal Federal, las cuales se turnaron al Senado para su revisión. Actualmente la sanción está considerada de 6 meses a 4 años de prisión. El dictamen presentado por la Comisión de Justicia argumenta que es necesario aumentar la pena porque no se ajusta a la gravedad del hecho. La pena actual no ha logrado su objetivo total de prevenir la comisión de este tipo de hechos, se explica. "En tal sentido, esta dictaminadora estima que la previsión legal de la pena, como su imposición judicial y ejecución no están cumpliendo con su función", se indicó. "Se considera que la pena actual no se ajusta a su función y no puede aceptarse y por ello se propone un incremento justo y proporcionado, sin caer en penas excesivas y de larga duración que inhiban la reinserción social del condenado, más aún cuando se trata de temas relacionados con el entorno y núcleo familiar", se explica. En el dictamen se desechó la propuesta original de declarar prisión preventiva oficiosa para la violencia familiar, pero sí se aceptó el incremento de la pena. "La violencia familiar no es un asunto privativo de algún país o cultura, no es exclusivo de algún estrato social o económico y por sus consecuencias a nivel individual y social, tampoco puede considerarse como un problema privado. Una forma endémica de la violencia familiar es el abuso a las mujeres por parte de su pareja", se argumenta en el dictamen. Se agrega que las manifestaciones de la violencia familiar incluyen la violencia física, psicológica y sexual. "A quien cometa el delito de violencia familiar se le impondrá de tres a siete años de prisión y perderá el derecho de pensión alimenticia. Asimismo, se le sujetará a tratamiento psicológico especializado", cita el artículo 343 Bis reforma. "Se equipara a la violencia familiar y se sancionara con 3 a 7 años de prisión al que realice cualquiera de los actos señalados en el artículo anterior en contra de la persona que esté sujeta a la custodia, guarda, protección, educación, instrucción o cuidado de dicha persona", cita el artículo 343 Ter sobre la violencia que también se pueda ejercer sobre otros miembros de la familia, no solo la pareja. --
Con información de Reforma
Foto; Reforma / Autor: Tomás Martínez