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El CEEPAC acumuló los expedientes de la denuncia del PAN y la del Frente Ciudadano Anticorrupción
13:01 lunes 11 noviembre, 2019
San LuisEn Rueda de prensa, Manuel Nava integrante del Frente Ciudadano Anticorrupción (FCA) anunció que el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC) admitió la denuncia presentada por este frente el pasado 10 de octubre contra Ricardo Gallardo Cardona por actos anticipados de campaña con lo que se inició un procedimiento sancionador. “Se advierte que existen elementos que permiten establecer el inicio de un procedimiento sancionador en materia electoral, a fin de determinar si en el caso que nos ocupa se actualizan actos anticipados de campaña imputados al ciudadano Ricardo Gallardo Cardona, señala el acuerdo del CEEPAC”. Recordó que el pasado 9 de septiembre, el partido Acción Nacional presentó una denuncia similar que el 26 de septiembre se habían propuesto desechar por no vincular sus pruebas a un proceso electoral en específico. Tras la renuncia presentada por el Frente Ciudadano Anticorrupción en la que soportaron elementos como el destape que hizo la dirigencia nacional del partido verde ecologista de México de Gallardo Cardona para la gubernatura en 2021, el CEEPAC estimó que “se desprende que la conducta denunciada identificada como actos anticipados de campaña se vincula a un proceso electoral identificable como el del próximo 2021 y la candidatura a la que alude es gobernador” El CEEPAC acumuló los expedientes de la denuncia del PAN y la del FCA, y requirió al PVEM, toda vez que no se tiene conocimiento de una oficina de enlace en la ciudad de San Luis Potosí, donde pueda ser localizado el servidor público referido. “Solicite dice el CEEPAC, solicite al ciudadano Ricardo Gallardo Cardona, diputado Federal, informe en relación a su agenda oficial correspondiente a los meses de agosto, septiembre y octubre del 2019. El CEEPAC advierte al PVEM que de no responder en un plazo de 5 día, se ahora acreedor a una medida de apremio de las establecidas en el artículo 60 de la ley de Justicia Electoral en relación a lo dispuesto por el numeral 31 del Reglamento en Materia de Denuncias, la cual puede consistir en amonestación, multa o auxilio de la fuerza pública. Entro las indagatorias iniciadas por el CEEPAC se encuentra, además, la intervención de su área de Comunicación Social a fin de que realice un monitoreo de los medios de comunicación electrónicos, del periodo comprendido de agosto, septiembre y octubre de 2019 e informe a la Secretaria Ejecutiva si existen notas relacionadas con el Ciudadano Ricardo Gallardo Cardona.