Vínculo copiado
#ESNOTICIA
#ESNOTICIA
Así aclaramos algunas dudas sobre este ahorro, sus alcances, objetivos y modo de operación
22:39 sábado 16 septiembre, 2017
Negocios
Todos los colaboradores que trabajen para una empresa formal y que estén inscritos en nómina tienen la obligación de ahorrar para su vivienda y el derecho de acceder a un crédito del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit). Este ahorro lo retiene el patrón bimestralmente y tú podrás revisarlo en tu recibo de nómina o en tu estado de afore. Leopoldo Ortega, delegado del Instituto, aclara algunas dudas sobre este ahorro, sus alcances, objetivos y modo de operación. 1. ¿De dónde sale el ahorro? Cada bimestre, tu patrón descuenta (o retiene) una aportación de tu salario equivalente al 5%. Este monto se acumula en tu subcuenta de vivienda que administra el Infonavit. 2. ¿Cómo dispongo de estos recursos? El Instituto administra los recursos acumulados. Solo se puede disponer de ellos si ejerces tu crédito Infonavit o al jubilarte. 3. Cambié de patrón, ¿qué hago? Si tienes un crédito hipotecario con el Infonavit y cambias de empleo, tu nuevo patrón asumen el rol de "obligado solidario", lo que significa que tendrás que avisarle que tienes un crédito para que te retengan los pagos. De lo contrario ellos pagarán de su dinero las aportaciones que no hiciste. 4. ¿Y si gano el salario mínimo?
Por Ley tus cuotas no deberán superar el 25% de tu sueldo. 5. ¿Qué beneficio fiscal tengo si soy empleado de un emprendedor? Las empresas de nueva creación, registradas en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) tendrán un subsidio por parte del Infonavit del 50% los primero dos años. Después de esta etapa, el subsidio disminuye gradualmente. Por ejemplo, el primer año se le retendrá al empleado solo el 2.5% de su sueldo y el otro 2.5% lo pondrá el Instituto. 6. ¿Cuál es al vida máxima de mi crédito?
Después de 30 años de estar pagando un crédito infonavit, la deuda se liquida, haya o no terminado de pagar la vivienda". 7. Tengo más de 60 años, ¿soy sujeto de crédito? Entre más grande sea el trabajador, mayor es el riesgo que asume el Instituto al prestarle. Por lo que después de los 35 años el monto del préstamo disminuirá. El límite para ser sujeto de crédito son los 65. 8. ¿Con cuántos puntos soy sujeto de crédito? Después de dos años de trabajar formalmente y de manera continua en una empresa, habrás alcanzado los 116 puntos que necesitas para ejercer tu crédito. El monto del préstamo depende de tu edad, años laborados y continuidad. --
CNN