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“Ley Uber” exige a la empresa de transporte registrar a sus choferes; propietarios no están obligados a acudir a la SCT
01:52 martes 13 febrero, 2018
San Luis
En últimos días, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) ha intensificado los operativos de decomiso de unidades de la empresa Uber, bajo el argumento de que dicha empresa no se ha registrado ante la SCT, tal como lo marca la ley; esta situación ha llevado a 750 choferes en la ciudad de San Luis Potosí a plantearse la posibilidad de promover un amparo colectivo contra dichos operativos que, aseguran, son ilegales. Un chofer de Uber, que prefirió mantenerse en el anonimato, informó a GlobalMedia que están buscando contactar al ex secretario de Comunicaciones y Transportes y abogado, Ernesto Piña Cárdenas, con el fin de que los asesore respecto de las acciones que podrían tomar en contra de los operativos de la SCT, ya que les han comentado que dichos operativos son ilegales, dado que se está procediendo a decomisar vehículos que no son propiedad de la empresa Uber, sino de sus socios, siendo que la que está incumpliendo la ley es la empresa. En entrevista, el abogado y experto en temas de transporte, Ernesto Piña Cárdenas, explicó que los operativos de decomiso que está realizando la SCT son ilegales, por lo que los choferes podrían promover recursos de nulidad de actuación de la autoridad y de suspensión ante el Tribunal de Justicia Administrativa para que les sean devueltas sus unidades sin necesidad de pagar la multa y para que se suspendan los operativos. Explicó que el ente que está incumpliendo con la ley vigente es la empresa Uber, no los choferes ni los dueños de los automóviles, ya que estos últimos están cumpliendo con su obligación, marcada por la ley, de contar con una licencia de conducir y un vehículo que está registrado ante una plataforma, como es Uber; sin embargo lejos de sancionar a la empresa, se está optando por la acción más sencilla que es decomisarle el automóvil a los choferes. En una revisión realizada por GlobalMedia a la Ley de Transporte Público del Estado de San Luis Potosí, en su capítulo III, que habla de las empresas de redes de transporte, se pudo constatar que el artículo 71 marca que son las propias empresas las obligadas a registrarse ellas mismas, así como a sus choferes y propietarios de vehículos ante la SCT; mientras que los choferes solo tienen la obligación de acreditar, ante la empresa, haber tomado cursos de capacitación y realizado exámenes toxicológicos, psicométricos y de salud. Este mismo artículo señala que los vehículos que se utilicen en estas redes de transporte deben contar con el pago de derechos de control vehicular, una póliza de seguro, verificación vehicular, tener bolsas de aire y frenos antibloqueo y tener una antigüedad máxima de 5 años; condiciones que los vehículos de Uber que actualmente operan en la ciudad, están cumpliendo, por lo que no habría razón de decomiso. El presidente de la Barra Mexicana, Colegio de Abogados, José Mario de la Garza Marroquín, confirmó que no hay disposición en la ley que obligue a los choferes o propietarios de los vehículos a registrarse en lo individual ante la SCT, por lo que los operativos de dicha dependencia se están extralimitando, dado que con los decomisos de los vehículos están afectando a terceros, en este caso a choferes y dueños de vehículos, que no son quienes están incumpliendo con la ley. Mencionó que, como está la ley actualmente, la autoridad lo único que podría hacer es un requerimiento a la empresa para que se registre, más no decomisar los vehículos, ya que estos no son propiedad de la empresa, sino de particulares; además señaló que, al ser Uber un servicio de transporte privado, ni siquiera es necesario un registro ante la SCT, dado que los servicios de transporte privado ya están regulados en el Código Civil y pueden operar en el estado sin necesidad de un permiso de la empresa encargada del transporte público en el estado. Los expertos coincidieron en que la actual legislación no permite a la SCT sancionar a la empresa Uber por el incumplimiento del registro, únicamente se le puede enviar un requerimiento, por lo que en todo caso correspondería al Congreso del Estado hacer adecuaciones al respecto.