Vínculo copiado
#ESNOTICIA
#ESNOTICIA
El TEPJF determinó que la sanción impuesta al candidato a la alcaldía capitalina no es aplicable en los términos de la actual legislación
16:31 martes 8 junio, 2021
San Luis
Lo que la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), revocó con respecto a la sentencia en contra de Leonel Serrato Sánchez, es los términos en los cuales se impuso la sanción que incluía integrarlo en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, pero no el acto sancionado, afirmó la magistrada presidente del Tribunal Estatal Electoral de San Luis Potosí, Denisse Porras Guerrero. Explicó que el TEPJF determinó que la sanción impuesta al candidato a la alcaldía capitalina no es aplicable en los términos de la actual legislación y normativa, pues la ley no es retroactiva, y eso fue lo que se revocó. Sin embargo, la sentencia en contra de Serrato Sánchez por violencia en razón de género continúa, pero debe ser sancionada en los términos normativos de cuando se llevaron a cabo las agresiones en contra de Rebeca Terán. En este sentido, Porras Guerrero afirmó que este caso es una lección sobre cómo deben resolverse este tipo de casos y sus posibles sanciones.