Vínculo copiado
#ESNOTICIA
#ESNOTICIA
Bajo la norma 046, mujeres víctimas de violación han podido acceder a la interrupción legal del embarazo
11:14 domingo 9 junio, 2019
San Luis
En lo que va de este 2019, se han aplicado 2 casos de interrupción legal del embarazo bajo la aplicación de la norma 046 en San Luis Potosí en casos de mujeres víctimas de violación, de los cuales uno fue en la capital y otro más en Matlapa. Mientras que en el 2018 se aplicó esta norma en 4 casos de los cuales 2 son de la capital, uno en Rioverde y uno más en Matlapa, esto según datos proporcionados por el Centros de Justicia para las Mujeres (CJM) en San Luis Potosí. Al respecto, Julieta Méndez Salas, directora del CJM manifestó que esta norma es aplicable en todos los casos de violencia sexual, específicamente en el caso de violación pueden recibir la asesoría para que puedan recibir la atención médica y sean atendidas por los servicios de salud. “Basta con que una mujer llegue a una institución pública para que refiera alguna situación de violencia y sea aplicada esta norma, esta norma va en diferentes sentidos, nosotros el aspecto que nos interesa mucho que la mujer tenga la información y se le garantice el derecho en los casos de violación para que pueda tener el derecho de la interrupción voluntaria de un embarazo”. Indicó que todas las instituciones de salud deben de atender este tipo de casos, pues recordó que el año pasado la Comisión Nacional de Derechos Humanos emitió una recomendación de un caso del 2017 donde el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) tras que en esta institución se negara el aplicar esta norma a una adolescente con discapacidad. Por otra parte, comentó que también se ha registrado un caso en el municipio de Rioverde donde los padres se negaron a que la menor tuviera la atención médica, a pesar de la insistencia de diversas instituciones. La norma 046 establece que, en el caso de embarazo por violación, las instituciones de salud deben prestar el servicio de interrupción voluntaria del embarazo. Para ello, sólo es necesario presentar una solicitud por parte de la usuaria mayor de 12 años, en donde, bajo protesta de decir verdad, manifieste que dicho embarazo es producto de violación sexual. La Norma en cuestión establece que las instituciones prestadoras de servicios de atención médica deben ofrecer de inmediato y hasta en un máximo de 120 horas después de ocurrido el evento, la anticoncepción de emergencia, dando previamente la información completa sobre la utilización de este método, a fin de que la mujer tome una decisión libre e informada.