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Diputados aprobaron reforma que permite perseguir de oficio el acoso y hostigamiento sexual e inhabilitar a funcionarios que lo cometan
12:12 lunes 19 octubre, 2020
San LuisDurante sesión ordinaria, integrantes de la LXII Legislatura de San Luis Potosí, aprobaron por mayoría la modificación al Código Penal del Estado en su artículo 182, que permitirá la persecución de oficio de los delitos de acoso y hostigamiento sexual y la inhabilitación cuando el delito sea cometido por funcionarios públicos o docentes.
Con 25 votos a favor, una abstención y uno en contra, el delito ya no será perseguido solamente a petición de parte. El fundamento para incluir la inhabilitación del cargo si el agresor es docente, es que no solamente se les separe del cargo, sino que no pueda ejercer uno similar en otra instancia en donde pueda dar continuidad a estos comportamientos. “Por ello, en aras de que sean sancionados los servidores públicos que cometen los delitos de hostigamiento o acoso sexual, tipificados por el Código Penal de la Entidad, que atentan contra la libertad sexual; la seguridad sexual; y el normal desarrollo psicosexual, se reforma el artículo 182 del Libro Sustantivo Penal del Estado, para estipular además de la pena privativa de la libertad, y la sanción pecuniaria, la inhabilitación hasta por el mismo tiempo de la pena de prisión”, se puede leer en la Gaceta Parlamentaria.