Vínculo copiado
La Segob pidió a ministros de culto y representantes de iglesias no realizar proselitismo a favor o en contra de candidato, partido o asociación política alguna
18:01 lunes 26 abril, 2021
MéxicoLa Secretaría de Gobernación hizo un llamado a todos los actores religiosos en el país, ministros de culto y representantes de iglesias, a evitar intervenir en el proceso electoral federal que se desarrolla y de forma particular, a no realizar proselitismo a favor o en contra de candidato, partido o asociación política alguna. A través de un comunicado, la dependencia recordó que La Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público contempla sanciones para quienes incumplan esta normativa. "Se hace un atento llamado a las y los ministros de culto de las diversas iglesias, agrupaciones y asociaciones religiosas de México para que, durante el actual proceso electoral que se realiza en el país, se conduzcan con estricto apego a la ley, eviten convertir un acto religioso en uno de carácter político y se abstengan de realizar proselitismo político”, señaló. La dependencia señaló que el artículo 130 de la Constitución federal hace referencia al principio histórico de la separación del Estado y las Iglesias, estableciendo que los ministros no puedan asociarse con fines políticos ni realizar proselitismo a favor o en contra de candidato, partido o asociación política alguna. Tampoco podrán en reunión pública, en actos del culto o de propaganda religiosa, ni en publicaciones de carácter religioso, oponerse a las leyes del país o a sus instituciones, ni agraviar, de cualquier forma, los símbolos patrios, sostuvo. "Derivado de lo anterior, se considera de suma importancia exhortar a todos los actores religiosos, particularmente a las y los ministros de culto, a conducirse de tal manera que, en el actual periodo de campañas electorales, continúen contribuyendo a la edificación de una sociedad plenamente democrática y respetuosa de los preceptos constitucionales, en el marco de la laicidad del Estado mexicano”, manifestó. Previene que la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público precisa en su artículo 29, las acciones que constituyen infracciones a dicha ley, como es el caso de asociarse con fines políticos, así como realizar proselitismo o propaganda de cualquier tipo a favor o en contra de candidato, partido o asociación política algunos. "Las consideraciones aquí señaladas tienen el único propósito de contribuir a que sigamos conduciéndonos con prudencia, legalidad y responsabilidad ante el actual periodo electoral que acontece en nuestro país”, concluyó. --
Con información de Excélsior / ENRIQUE SÁNCHEZ