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La Suprema Corte avaló la reforma detenida en el año 2022 que legaliza ese artículo
01:50 viernes 10 abril, 2026
San Luis
La aprobación de la reforma a la Ley de Instituciones de Crédito "altera la relación entre la prevención de delitos financieros y seguridad jurídica de particulares", declaró Juan Manuel Ureiro, consultor senior de Riesgo Político en Integralia.
El preámbulo de dicha reforma, detalló, data del año 2022, pero un grupo de legisladores impugnó a través de una acción de inconstitucionalidad la legalidad de la modificación al artículo 116 de dicha ley ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Dicho artículo señala que la Unidad de Inteligencia Financiera podrá introducir a una persona en una lista de personas bloqueadas cuando existan "indicios suficientes de posible relación con delitos de terrorismo y operaciones con recursos de procedencia ilícita". Eso, explicó Juan Manuel Ureiro, inserta un elemento de incertidumbre en el marco jurídico mexicano que afecta al sistema bancario porque la ley nunca define qué significan esos indicios suficientes.
En consecuencia, y ante ese riesgo, mencionó que la Suprema Corte avaló la reforma detenida en el año 2022 que legaliza ese artículo.
Ante ello, el especialista de Integralia reconoció que es verdad que una de las maneras de combatir al crimen organizado es el famoso 'Follow the money', atacar las cuentas bancarias, lo cual ha dado resultados en otros países. No obstante, subrayó que en México se encienden las alertas porque eso involucra una incertidumbre jurídica para cuentahabientes; personas morales o físicas que regularmente reciben determinados ingresos.
Por consiguiente, Juan Manuel Ureiro fue claro y dijo que eso no es un riesgo abstracto, pues tiene implicaciones en la vida cotidiana porque, en dado caso de tener una actividad atípica legal, la Unidad de Inteligencia Financiera puede presumir que es irregular y bloquear la cuenta en lo que se aclara.
Incluso, tendría implicaciones en sociedades productivas donde pueden interrumpir el pago de nóminas o proveedores, lo que provocaría incumplimientos contractuales.
Asimismo, puntualizó que la aprobación de la reforma fortalece al estado y traslada una mayor carga de prevención y control a particulares, esto porque antes se necesitaba de una orden judicial para bloquear cuentas y ahora ya no sería necesario.
"Existía un criterio de la Corte por la que la única forma para que la Unidad de Inteligencia Financiera bloqueara cuentas era porque lo solicitan una institución internacional ante elementos de prueba fuertes. Ahora se deja en el terreno del Poder Ejecutivo y adquiere una dimensión más importante porque lo convierte en una decisión unilateral", agregó.
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Los empresarios, por otra parte, sugirió, deberán tener un enfoque más preventivo en términos de legalidad. Mientras que no se deja de lado la posibilidad de sesgo político, pues una de las formas preferidas para presionar a adversarios políticos es con todo lo que tiene que ver con sus cuentas bancarias y transacciones, concluyó.