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“El Instituto deberá habilitar la misma cantidad de las casillas que fueron determinadas para la jornada del proceso electoral anterior, teniendo en cuenta la actualización que corresponda al listado nominal
07:31 domingo 2 enero, 2022
EN LA OPINIÓN DE CLAUDIO GARCÍA“El Instituto deberá habilitar la misma cantidad de las casillas que fueron determinadas para la jornada del proceso electoral anterior, teniendo en cuenta la actualización que corresponda al listado nominal. En los casos en que sea necesario, habilitará ubicaciones distintas de conformidad con el procedimiento que, para el efecto, establece la Ley General.” Esto es lo que dicta la “Ley Federal de Revocación de Mandato” en el artículo 41, segundo párrafo, el cual deja el ordenamiento al Instituto Nacional Electoral de “habilitar la misma cantidad de las casillas que fueron determinadas para la jornada del proceso electoral anterior…” Esto implica en términos constitucionales y legales comprende “sortear y visitar al 13% del Padrón Electoral, llamar a la puerta del domicilio de 12 millones de ciudadanos para lograr instalar 161 mil casillas; la capacitación electoral que implica contratar a 32,400 capacitadores y a 5,400 supervisores”, como lo han dicho los consejeros. Y después de varios “dimes y diretes” entre algunos consejeros del INE, miembros de morena y del mismo Andrés Manuel López Obrador, el Tribunal Federal Electoral ordenó al Instituto Nacional Electoral que continué los trabajos para la revocación de mandato y que haga ahorros pero que solicite recursos a la secretaría de Hacienda. Días antes La Suprema Corte de Justicia de la Nación de México (SCJN) ordenó el pasado al (INE) no posponer la consulta sobre la revocación del mandato del presidente Andrés Manuel López Obrador. Ahora el TRIFE confirma en la sentencia señala que la Secretaría de Hacienda es corresponsable de la realización de la consulta revocatoria, por lo que le ordena cooperar en el ámbito de sus responsabilidades, esto es, en lo referente al presupuesto público requerido para su organización. La determinación de fondo (recursos) será fundamental para atender el mandato expreso de la Ley de Revocación de Mandato que, en su artículo 41, señala que la jornada de Revocación de Mandato debe sujetarse al procedimiento dispuesto para la celebración de elecciones federales. Por lo pronto el INE deberá seguir contando firmas para ver si le alcanza a morena y al presidente con el requisito constitucional del respaldo del 3% de personas inscritas en la Lista Nominal, aproximadamente 2.7 millones. Y el proceso se va a “hacer con lo que se tenga”, como mencionó Lorenzo Córdova, Consejero Presidente del INE. Eso sí Andrés Manuel tendrá que aflojar billetes, vía hacienda, para su autoconfirmación al frente de la presidencia, de la cual por cierto nadie le ha pedido formalmente que la deje, y es él quien pide la revocación o no de su mandato. Es una forma de satisfacer su ego y de manera velada autoproclamarse “dictador” de la 4 T. El gran destapador de corcholatas.