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La sentencia revoca sanciones al vocero de la Presidencia, Jesús Ramírez y al director de Cepropie, Sigfrido Barjau
12:07 martes 7 mayo, 2024
MéxicoLa Sala Superior del Tribunal Electoral anuló la amonestación pública que el Instituto Nacional Electoral (INE) impuso al presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) por no acatar medidas cautelares. La sentencia aprobada por mayoría de tres votos contra dos, revoca amonestaciones al vocero de la Presidencia, Jesús Ramírez y al director de Cepropie, Sigfrido Barjau. En marzo pasado, Acción Nacional denunció la conferencia matutina donde se firmó el convenio Vuelta a la Patria pues a su consideración vulneró principios de imparcialidad y de uso de recursos públicos. La Comisión de Quejas determinó procedente las medidas cautelares y ordenó la eliminación o modificación del material en un plazo de seis horas del 31 de marzo. Sin embargo, de acuerdo con la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE), el 2 de abril todavía estaba disponible la conferencia matutina, a pesar en que días previos recibió oficios de la Presidencia de la República informando del cumplimiento de la medida cautelar. La decisión de la UTCE fue imponer un apercibimiento a los funcionarios de Presidencia, incluido López Obrador, y una multa de 100 UMA si no aplicaban la medida cautelar ¿Por qué el Tribunal eliminó la amonestación para AMLO?
En el estudio del caso, el Tribunal Electoral sostuvo que la Unidad del INE no fue exhaustiva en verificar el cumplimiento de la medida cautelar. "(Con) el referido oficio a la Coordinación General de Comunicación Social y Vocería de la República es claro que cumplieron con lo establecido por acuerdo de la UTCE al realizar acciones, gestiones y trámites necesarios”. Los magistrados Janine Otálora y Reyes Rodríguez Mondragón consideraron que la UTCE sí analizó exhaustivamente los oficios e incluso verificó dos veces la existencia del material. "Es insuficiente la emisión de oficios por medio de los cuales las autoridades informen que han girado instrucciones o que tienen la intención de eliminar el material objeto de una medida cautelar para considerar que se encuentra debidamente cumplida, sino que es necesario verificar que, en última instancia, ese material ya no se encuentre visible ni disponible para la ciudadanía". Con información de Radio Fórmula.