Vínculo copiado
Tendrá aplicación a partir del proceso electoral local a celebrarse en el año 2030
13:53 martes 23 septiembre, 2025
LeónEn sesión de la Diputación Permanente, el grupo parlamentario del Partido Acción Nacional y de la representación parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática presentó una iniciativa de reforma a la Constitución Política para el Estado de Guanajuato en materia de no reelección y nepotismo electoral. Al hacer uso de la voz para dar lectura a la exposición de motivos de la propuesta, la diputada Susana Bermúdez Cano se refirió a las reformas realizadas a la Constitución Política federal y que, dijo, constituyen un mandato vinculante de alcance nacional, al establecer disposiciones de orden público e interés general. Agregó que el contenido normativo de esas reformas introduce dos directrices sustantivas de inmediata observancia: en primer término, la prohibición de la reelección inmediata de diputadas y diputados locales, integrantes de ayuntamientos, cerrando la posibilidad de que quienes desempeñen dichos cargos accedan de manera continua a la misma posición. En segundo lugar, puntualizó, incorpora de manera expresa limitaciones para prevenir el nepotismo electoral, al impedir la postulación de personas que mantengan vínculos de matrimonio, concubinato, unión de hecho o parentesco por consanguinidad, civil o afinidad dentro de los grados establecidos, con servidores públicos que en ese momento se encuentren ejerciendo cargos de elección popular. Con estas propuestas, manifestó, se establece la prohibición de la reelección inmediata de diputadas y diputados locales, así como de presidentes municipales, síndicos y regidores, garantizando la renovación periódica de los poderes públicos. También, apuntó, se prevé, además, que las diputaciones propietarias no podrán postularse como suplentes en el periodo inmediato posterior, y que las suplentes solo podrán hacerlo como propietarias siempre que no hubieren ejercido funciones. Asimismo, Bermúdez Cano precisó que se adicionan restricciones expresas para impedir que puedan ser postulados como diputadas o diputados, titulares de la gubernatura, presidentes municipales, síndicos o regidores, las personas que, en los tres años previos a la elección, mantengan o hayan mantenido vínculo de matrimonio, concubinato, unión de hecho o parentesco por consanguinidad o civil en línea recta sin limitación de grado, en línea colateral hasta el cuarto grado, o por afinidad hasta el segundo grado, con quienes ejerzan el cargo respectivo. Finalmente, externó que en el articulado transitorio se establece que la prohibición de nepotismo electoral tendrá aplicación a partir del proceso electoral local a celebrarse en el año 2030. Únete a nuestro canal de WhatsApp para no perderte la información más importante 👉🏽 https://gmnet.vip/7Be3H La iniciativa fue turnada a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales para su estudio y dictamen.