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Desarrolladores no declaran el número de viviendas que construirán en un edificio
01:54 domingo 2 enero, 2022
San LuisPara que el organismo operador de agua Interapas pueda hacer revisión de las tomas de agua en una vivienda vertical, debe antes el fraccionador declarar cuántas viviendas y de qué tipo va a desarrollar, de lo contrario se le pedirá al comprador elaborar un contrato, pues el cobro se hace por unidad habitable. El director del Interapas, Enrique Torres López, explicó que la unidad sobre la cual se calcula se conoce como Unidad Habitable, es decir, “si en un terreno se va a construir un edificio y este tiene 10 o 20 departamentos se calcula el número de viviendas que se van a desarrollar”. Mencionó que el primer trámite que tiene que hacer el fraccionador es solicitar una factibilidad de servicio y que declarar cuantas viviendas va a desarrollar, para determinar la cantidad de agua que va requerir ese desarrollo y en función de eso de acuerdo a la Ley de Cuotas y Tarifas y la Ley de Ingresos se calcula el costo. En caso de que alguien ya hay hecho una construcción si haber declarado se les solicita una regularización, “si declararon una cosa e hicieron otra, nosotros tenemos un proceso de inspección y nosotros cuando localizamos un proyecto de este tipo en el que no se nos dijo la verdad o toda la verdad, lo que haces es poner un requerimiento para que se presenten y entonces hacerle un recalculo de los derechos que debieron haber pagado”, puntualizó Torres López.