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Las multas económicas y clausuras se aplicarán hasta el 1° de enero de 2021; sanciones irán hasta los 173 mil pesos
18:00 miércoles 29 enero, 2020
San LuisEste jueves, el Congreso del Estado votará una reforma a la Ley Ambiental del Estado, que busca normar la prohibición de uso de bolsas y popotes de plástico en establecimientos comerciales, que entrará en vigor el próximo sábado y un artículo transitorio de dicha reforma establece que en todo 2020 no se aplicarán multas ni clausuras temporales a negocios que, indebidamente, usen estos utensilios de plástico. Las multas que establece esta propuesta, y que se empezarían a aplicar hasta el 1 de enero de 2021, van desde las tres hasta las 2 mil Unidades de Medida y Actualización, lo que se traduce a sanciones pecuniarias de entre 260 y 173 mil 760 pesos, según sea el tamaño del establecimiento comercial infractor. Los comercios que tengan una superficie de 30 metros cuadrados o menos, tendrán multas de 3 UMA’s en su primera vez y 5 UMA’s cuando sean reincidentes; de 31 a 60 metros cuadrados tendrán multas de 17 y 26 UMA’s; de 61 a 90 metros cuadrados pagarán 34 y 52 UMA’s; de 91 a 250 metros cuadrados tendrán sanciones de 90 y 200 UMA’s; de 251 a 350 metros cuadrados pagarán 201 y 350 UMA’s; de 351 a mil metros cuadrados serán de 230 y 340 UMA’s; de mil 001 a 5 mil metros cuadrados pagarán 350 y 518 UMA’s y los negocios de 5 mil 001 metros cuadrados o más pagarán 1 mil 400 UMA’s en su primera infracción y 2 mil UMA’s cuando sean reincidentes. La reforma también establece que, en caso de reincidencia, se podrá clausurar de manera parcial o temporal el establecimiento; además de que otras sanciones podrán ser el decomiso o una amonestación con apercibimiento por escrito; estas dos últimas sanciones sí podrán aplicarse a partir de este 2020. El ayuntamiento será la autoridad encargada de inspeccionar el cumplimiento de estas disposiciones y de aplicar las multas. Lo que se recaude por concepto de las sanciones deberá ser destinado por los municipios para promover campañas de educación ambiental y/o mejorar la gestión integral de residuos. Además, se establece que se impondrá una sanción de uno a cuatro años de prisión y sanción pecuniaria de 100 a 400 días de UMA a quien se ostente, sin serlo, como inspector municipal para verificar el cumplimiento de estas disposiciones en los establecimientos. La reforma a la ley también señala que los establecimientos deberán proporcionar de forma gratuita a sus clientes, contenedores para el acarreo o traslado de mercancía, cuya composición sea mayor al 80% de biodegradabilidad o compostabilidad o que estén elaborados con material 100 por ciento reciclado post-consumo y será la Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental (Segam) la encargada de registrar a las empresas proveedoras de dichos contenedores biodegradables.