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Pero tienen todo para ganar si deciden impugnar, anticipa jurista; uno ya anunció que presentará queja
20:17 miércoles 14 marzo, 2018
San Luis
Pifias de legisladores locales les han complicado el paso a cuatro ciudadanos potosinos para obtener candidaturas independientes, dado que el artículo 237 fracción II de la Ley Electoral del Estado, que impide que haya más de un candidato por elección, contrapone principios constitucionales, por lo que ahora los aspirantes que lograron el 2 por ciento de los respaldos ciudadanos requeridos por la ley, pero que aún así no obtuvieron el registro, tendrán que impugnar el proceso. En el distrito 6 local fueron 2 aspirantes los que superaron el 2 por ciento de respaldos ciudadanos requeridos por la ley, que en este caso eran por 2 mil 664. Juan Carlos Segura Maldonado logró un total de 2 mil 989 firmas válidas, superando en un 12.2 por ciento esta meta; mientras que Jesús Monsiváis Cerda alcanzó 2 mil 670 apoyos válidos, lo que significa un 0.2 por ciento más de los requeridos; sin embargo debido a esta disposición en la ley, solo se le dio el registro a Juan Carlos Segura, por haber logrado más apoyos. En el caso de la elección para presidente municipal de Rayón, los aspirantes requerían recabar 243 apoyos y fueron tres aspirantes que alcanzaron esta cifra. José Manuel Vera Magareno tuvo 1 mil 040 apoyos (328% arriba de la meta), Inocencio Juárez Rodríguez obtuvo 604 respaldos válidos (148.5% arriba de la meta) y Adela Solano Aguilar obtuvo 569 apoyos ciudadanos (134.1% arriba de la meta). Únicamente José Manuel Vera obtuvo el registro, al haber obtenido más apoyos que los otros dos aspirantes. En la elección para alcaldía de Mexquitic de Carmona fueron dos aspirantes que lograron el 2 por ciento de las firmas que, para esta elección, equivale a 808 apoyos. El primero de ellos fue Evelio Hernández Jiménez con 2 mil 201 respaldos válidos, es decir 172.4 por ciento arriba de la meta y el segundo fue Leonardo Vinaja Vázquez, con 1 mil 812 apoyos, es decir rebasó en un 124.2 por ciento la meta establecida; pese a lo anterior solo se le dio la candidatura a Evelio Hernández, al haber obtenido casi 400 apoyos más que su contrincante. El abogado y analista político Oswaldo Ríos Medrano señala que hay argumentos legales para que estos cuatro aspirantes a candidaturas independientes promuevan un juicio de protección de derechos políticos ante tribunales electorales, debido a que la Ley Electoral del Estado contraviene un principio constitucional que dice que “todo ciudadano tiene derecho de votar y ser votado”, por lo que, al haber cumplido con el requisito de respaldos ciudadanos, no hay razón para que se les niegue el registro a estos ciudadanos. Mencionó que también se puede argumentar que la Ley Electoral a nivel federal sí permite que se registre más de un candidato independiente por elección, a diferencia de la restricción que marca la legislación local. En este caso, los más probable es que los magistrados encargados de resolver este asunto le den reconocimiento a la legislación que ofrece mayor amplitud de derechos, es decir que tomarán en cuenta la legislación federal, que no tiene una restricción en cuanto al número de candidatos que podrían participar. Debido a los tiempos electorales, los tribunales que analicen estas impugnaciones tendrán menos de 40 días para poder resolver estos asuntos, debido a que, de acuerdo al calendario electoral del Ceepac, se tiene hasta el 23 de abril para que se publique en el Periódico Oficial del Estado los nombres de los candidatos que participarán en los próximos comicios. El aspirante a una candidatura independiente por el Distrito VI, Jesús Monsiváis Cerda, quien fue uno de los que logró el 2 por ciento de firmas y no obtuvo el registro por parte del Ceepac, anunció que procederá a impugnar el proceso, bajo el argumento de que la restricción sobre el número de candidatos independientes que pueden participar, contraviene la esencia de las candidaturas independientes, que es ofrecerle al electorado una mayor diversidad de ofertas políticas en las elecciones. El experto Oswaldo Ríos Medrano añadió que en un segundo momento, los tribunales electorales podrían también ordenar al Congreso del Estado volver a modificar el artículo 237 fracción II de la Ley Electoral del Estado, que marca que “solamente se podrá registrar solo un aspirante a candidato que de manera individual haya obtenido el mayor número de manifestaciones de respaldo válidas por tipo de elección”; esto con el fin de que dicha disposición deje de contravenir principios constitucionales. En San Luis Potosí fueron 50 aspirantes a candidaturas independientes que participaron en el proceso de los cuales 21 presentaron cartas renunciando al mismo y 29 salieron a las calles en la búsqueda de respaldos ciudadanos, fueron 17 de ellos, es decir la tercera parte del total, los que lograron el 2 por ciento de firmas, pero solo se les reconoció el derecho a registrarse a 13 de ellos, debido a la restricción legal ya mencionada.