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De aprobar el servicio, se tendría que interponer una controversia constitucional
13:21 miércoles 26 junio, 2024
San LuisConstitucionalmente, al desaparecer el Interapas serían los municipios que trabajan con el organismo, los encargados de llevar a cabo el servicio a la ciudadanía pero ahora de forma independiente, señaló en entrevista José Mario de la Garza. "Está en el artículo 115 y tendría que brindarles este servicio público a los ciudadanos de cada municipio", puntualizó. Al estar establecido en la Constitución los servicios que los municipios darán en México y se mantiene una regulación a través del artículo 115, se deja claro que "será el municipio el encargado de dotar de servicio de agua a las viviendas". Sin embargo, para que estas actividades puedan ser administradas por una entidad del estado, como lo es la Comisión Estatal del Agua, se tendría que reformar la Constitución porque el municipio no puede incumplir lo que se estipula en la Constitución y permitir que alguien más se encargue de tareas que se le han conferido. "Esto es una obligación de los municipios, que no la pueden delegar en el estado", añadió.
Detalló que en la Constitución, se establece que el Municipio tiene que prestar el servicio, cobrarlo, buscar que sea eficiente y de buena calidad para los ciudadanos. En caso de que sea la CEA quien se encargue de dichas acciones, podría llevarse a cabo una controversia constitucional, por la determinación del Congreso del Estado y se tendría que dictaminar si se están transgrediendo los principios constitucionales e incluso, llevarlo hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación para que tome una resolución.
Si se considera que el Interapas ya no está cumpliendo con los fines para los que fue creado se puede extinguir, pues no hay una obligación que determine su existencia, por lo cual, cualquiera de los municipios podría llevar a cabo un procedimiento legal de liquidación. Sin embargo, su extinción no garantiza que se vaya a brindar un mejor servicio a los usuarios.