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Tras 3 meses del accidente, Junta de Conciliación emitió acuerdo para que familiares de fallecidos puedan cobrar pensiones y prestaciones
18:47 miércoles 6 junio, 2018
San Luis
Los familiares de las 5 personas fallecidas el pasado 14 de febrero, debido a un choque de una unidad de transporte de personal con un tren en las vías del ferrocarril ubicadas por el Periférico Norte, ya pueden hacer efectivo el cobro de sus pensiones al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y de las prestaciones laborales a la empresa Dräxlmaier, para la que trabajaban, esto luego de que el pasado 18 de mayo, la Junta Local de Conciliación y Arbitraje emitió el acuerdo administrativo en donde reconoce a 4 mujeres beneficiarias y a sus hijos. La titular de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, Juana Lara Pérez, informó que esta resolución ya fue notificada a la Confederación de Trabajadores de México (CTM), que es la organización sindical que representa a los trabajadores fallecidos. Este acuerdo ya les permite a los familiares de los trabajadores acudir al IMSS a cobrar una pensión y cobrar a la empresa Dräxlmaier las prestaciones contractuales a las que los trabajadores fallecidos tenían derecho. El abogado laborista Rodolfo Grande Rivera explicó que entre las prestaciones que debe otorgar la empresa a los deudos de estos trabajadores están: Parte proporcional del Aguinaldo, parte proporcional de vacaciones y prima vacacional, prima de antigüedad, una prestación sindical por fallecimiento, que normalmente consiste en la aportación de un día de salario por parte de todos los trabajadores sindicalizados de esa empresa y una pensión del IMSS consistente en 5 mil días de salario mínimo, es decir 441 mil 800 pesos, que se les entregan gradualmente bajo un esquema de Afores; aunado a que algunas empresas tienen seguro de vida para sus trabajadores. YA SE PAGÓ LA INDEMNIZACIÓN El titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), Manuel Lozano Nieto, comentó que también la empresa de transporte de personal, que trasladaba a estos trabajadores cuando ocurrió el accidente, ya efectuó los pagos por indemnización a los familiares de las personas heridas y de las fallecidas, toda vez que estas empresas cuentan con un seguro, el cual se les paga inmediatamente después de ocurrido un accidente, sin la necesidad de que se efectúe el acuerdo administrativo por parte de la Junta de Conciliación y Arbitraje. Dicha indemnización cubre gastos funerarios de las personas fallecidas, así como gastos médicos de quienes resultaron lesionados e indemniza a los familiares de quienes perdieron la vida. De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, esta indemnización asciende a 3 mil días de salario del trabajador y es un pago adicional al que realiza la empresa Dräexlmaier por concepto de prestaciones laborales y al que realiza el IMSS, por concepto de pensión. ¿SE TARDÓ LA RESOLUCIÓN? A mediados de abril, tras casi 2 meses de ocurrido el accidente, el delegado sindical de la CTM en Dräexlmaier, Francisco Vega Martínez, declaró que la Junta Local de Conciliación y Arbitraje estaba poniendo muchos obstáculos para resolver el acuerdo administrativo de asignación de beneficiarios, lo que estaba impidiendo que los familiares de los fallecidos accedieran a estas prestaciones. La titular de la Junta de Conciliación y Arbitraje, Juana Lara, explicó que la resolución se emitió en los términos legales y se atrasó ligeramente, debido a que las solicitudes que presentaron los familiares de las personas fallecidas estaban incompletas, por lo que se les dio un periodo de 3 días hábiles más para que las completaran. El titular de la STPS, Manuel Lozano Nieto, por su parte, señaló que la ley no marca un tiempo para resolver estos acuerdos de asignación de beneficiarios, ya que la Junta de Conciliación debe hacer toda una investigación para garantizar que las personas a las que la empresa les va a pagar sus prestaciones, efectivamente sean aquellas que tienen derecho a recibirlas. El abogado Rodolfo Grande consideró que, de acuerdo a su experiencia, la Junta de Conciliación resolvió muy rápido este asunto, toda vez que hay casos que tardan hasta 1 año para que los beneficiarios sean reconocidos como tales, especialmente porque cuando se inicia el procedimiento, la ley marca que se debe publicar una convocatoria por un periodo de 30 días, para que en ese lapso acudan a presentar su solicitud todas aquellas personas que consideren que tienen derecho de recibir las prestaciones laborales del trabajador fallecido y el proceso puede llegar a complicarse en los casos en los que los trabajadores tienen a 2 o más familias que dependen de ellos. Fue el pasado 14 de febrero cuando un tren impactó una unidad de transporte de personal, que trasladaba a trabajadores de la empresa Dräexlmaier, debido a que el chofer de la unidad intentó ganarle el paso al tren. En dicho accidente perdieron la vida María del Rocío Ramírez Vázquez, quien se encontraba embarazada; Juan Manuel Acevedo Acosta, José Ramos Sánchez y María Ramos Sánchez; ahora solo resta que la empresa cumpla con el pago de las prestaciones a los familiares de estas personas.