Vínculo copiado
#ESNOTICIA
#ESNOTICIA
Se elimina la sanción que iba de seis años o más
21:40 martes 25 noviembre, 2025
México
Este martes, en dos votaciones en el pleno, diputados de los seis grupos parlamentarios aumentarán de seis a solamente 20 años de prisión a quienes afecten áreas naturales protegidas y una multa única de 10 mil días, que equivale a un millón 131 mil 400 pesos.
Antes, la primera votación del dictamen en lo general, fue aprobada con 452 votos en pro avalado antes por la Comisión de Justicia, con “la pena de seis a 20 años de prisión y de seis a 10 mil días de multa".
Esto, contra “quienes realicen actividades de ocupación, invasión, cambio de uso de suelo, extracción o destrucción de áreas naturales protegidas”.
Esta modificación, que subirá a presentar el coordinador de Morena en Diputados, Ricardo Monrela, reformará y adicionará el artículo 418 del Código Penal Federal, en materia de delitos contra el Ambiente y la Gestión Ambiental dos veces en unas horas.
A la par de la discusión en lo general, los coordinadores parlamentarios acordaron votar en pro una reserva para dejar solamente en 20 años de cárcel a quienes afecten áreas naturales protegidas, con lo que se elimina la sanción que iba de seis años o más.
En las últimas horas, la propuesta de modificación fue promovida entre los coordinadores parlamentarios por Ricardo Monreal, la cual tiene ya el aval de PAN, PRI, Partido del Trabajo, mientras que Movimiento Ciudadano no suscribió la reserva, aunque la bancada naranja sufragó en pro el dictamen.
Además, la modificación establece en el mismo artículo que cuando estas conductas se realicen empleando armas de fuego o por cualquier medio violento en contra de las personas o para obtener un lucro o beneficio económico “aumentará hasta en 15 años y hasta 8 mil días de multa, es decir 905 mil 120 pesos".
Con esta modificación avalada por los coordinadores parlamentarios este martes, también se reforma el artículo 420 quarter para imponer penas de uno a cuatro años de prisión y de 3 mil días de multa, que equivale a 339 mil 420 pesos “a quien genere, use o difunda información falsa o simulada relativa a una persona jurídica”.
“Con relación a su desempeño, mejora o cumplimiento de las obligaciones previstas en leyes y normas ambientales, que induzca al engaño, error o confusión en los consumidores, inversionistas, instituciones del sistema financiero o para alcanzar un lucro”, indica la modificación.
Cuando las conductas a que se refiere este artículo se realicen empleando armas de fuego o por cualquier otro medio violento en contra de las personas o para obtener un lucro o beneficio económico, se le impondrá pena de ocho hasta 15 años de prisión y de dos mil a hasta ocho mil días multa.
Además, se agrega un inciso VII en dicho artículo que indica: a quien “genere, use o difunda información falsa o simulada, ante las autoridades ambientales, para obtener registros, constancias, reconocimientos, distintivos, certificados de desempeño ambiental o cualquier otra relacionada con la gestión ambiental”.
Por lo que el inciso VIII también sufrirá modificación para quedar como: a quien proporcione información falsa o simule el cumplimiento de sus obligaciones en materia de comercio de emisiones de gases de efecto invernadero.
En la fundamentación del dictamen, el presidente de la Comisión de Justicia, Julio César Moreno subió a tribuna para sustentar “esta reforma en la crisis ambiental principalmente en los siguientes hechos: los incendios provocados para cambiar ilegalmente el uso del suelo, las descargas clandestinas de sustancias químicas, bioquímicas y aguas residuales en cuerpos de agua”.
“Además, la acelerada deforestación y tala ilegal, el crecimiento del tráfico de especies protegidas, el riesgo extremo para especies endémicas como la vaquita marina y la totoaba, ambas en peligro de extinción y sujetas a protección especial bajo la convención sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestre, resaltó.
El diputado del PRI, Arturo Yáñez resaltó que “este dictamen atiende un problema estructural y el quebrantamiento de sellos también tiene mayor restricción, pero muchos desarrolladores, empresas continúan con actividades confiándose en que las sanciones son mínimas”.
“Por ello, esta reforma deja sanciones duras y, por supuesto, que rompe la ley para que no pueda ser un negocio. El dictamen también introduce sanciones específicas contra la tala ilegal, en especial con la actividad que afecte a áreas naturales protegidas”, apuntó.
Únete a nuestro canal de WhatsApp para no perderte la información más importante 👉🏽 https://gmnet.vip/7Be3H
Con información de Latinus