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Este es el primer análisis que realiza la nueva integración del Máximo Tribunal a una de las leyes promulgadas por el expresidente AMLO
16:19 jueves 25 septiembre, 2025
MéxicoCon una mayoría de siete votos contra dos, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó dos amparos promovidos contra Ley Minera, que en su artículo quinto transitorio determinó desechar las solicitudes de nuevas concesiones, tras su promulgación en 2023.
En un amparo en revisión 583/2024 un particular impugnó esa norma debido a que había iniciado el trámite para una concesión minera en 2021, por lo que reclamó la aplicación de la retroactividad de la ley en su perjuicio.
Este es el primer análisis que realiza la nueva integración del Máximo Tribunal a una de las leyes promulgadas por el expresidente Andrés Manuel López Obrador, y que fueron aprobadas la madrugada del 28 de abril de 2023, en lo que se llamó “El Viernes Negro”.
Los proyectos aprobados por el Pleno del Máximo Tribunal, fueron elaborados por la ministra Lenia Batres Guadarrama, quien rechazó que las personas que habían tramitado la autorización de la concesión tuvieran un derecho adquirido.
"Las personas que presentaron una solicitud de concesión antes de la entrada en vigor del decreto reclamado no tenían un derecho adquirido a que se les otorgara la concesión, sino una expectativa de derechos respecto de la entrega justamente de ese título de concesión", explicó la ministra ponente.
El ministro presidente de la SCJN, Hugo Aguilar Ortiz, manifestó que el quejoso en el amparo analizado no estaba en facultades de reclamar una supuesta violación al principio de deliberación democrática.
“El segundo argumento que subyace es el del principio de deliberación democrática. Estamos frente a una reforma que se aprobó por urgente y obvia de necesidad, así lo dispuso el Poder Legislativo y se cuestiona que hubo violación al principio de liberación democrática, solo que quien viene al amparo no es un legislador, no es un partido político, no puede alegar un agravio de esta naturaleza, porque es un particular o un interesado en obtener una concesión, entonces en nada le beneficiaría que un alegato de esta naturaleza porque no formaría parte de la deliberación en el Poder Legislativo”, explicó el ministro presidente Aguilar.
“Por primera vez la nueva integración de la SCJN analizó la constitucionalidad de la Ley Minera y las reformas a otras normas federales sobre las actividades extractivas, aprobando dos proyectos presentados por mí, en donde se avaló la decisión de desechar todas las solicitudes de nuevas concesiones presentadas antes de la promulgación de los ordenamientos ahora vigentes”, explicó la ministra Batres, en una tarjeta informativa.
Tras la aprobación del primer proyecto, en el que la discusión se prolongó por más de una hora, el segundo asunto relacionado con el amparo en revisión 123/2025, se aprobó sin discusión.
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“En la presentación de ambos proyectos expresé que desechar estas solicitudes no significa una aplicación retroactiva de la ley pues el hecho de presentar una solicitud no significa que se otorgue algún derecho”, indicó la ministra Batres.
Con información de Excélsior